Con dos conjueces sorteados por el desacuerdo entre sus miembros, el tribunal se reúne a las 9 en acuerdo extraordinario. Analiza un amparo colectivo presentado desde Río Negro contra la derogación de la Ley de Tierras.

La Corte Suprema de Justicia se reunirá este viernes a las 9 en un acuerdo extraordinario para decidir si vuelven a regir las restricciones a la venta de tierras rurales a extranjeros. Participarán los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, junto con los camaristas Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, sorteados como conjueces porque los tres titulares no coinciden en cómo resolver el caso.
El expediente es un amparo colectivo impulsado por la asociación ambientalista de Bariloche Árbol de Pie y las comunidades mapuches Lafkenche y Fvta Anecon. Según informó La Nación, también lo firma la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. El jueves pasado pidieron a la Corte una aclaratoria para que precise si su fallo de la semana anterior alcanza también a esta causa, que incluye un pedido de medida cautelar.
Ese fallo previo revocó, por un motivo procesal, la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, con el que el gobierno de Javier Milei derogó la Ley 26.737. La Corte entendió que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), que había invocado la defensa de la soberanía, no estaba legitimado para promover el caso, y no se pronunció sobre el fondo de la cuestión.
Odarda y las organizaciones sostienen que su reclamo es distinto. No se apoya en la soberanía sino en la protección del ambiente y en los derechos del pueblo mapuche sobre sus territorios ancestrales, que según argumentan podrían verse afectados por la eliminación de la ley.
Si el tribunal hace lugar al planteo, podrían volver a regir las restricciones de la Ley 26.737. La norma fijaba un tope del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental, con un máximo del 30% de ese porcentaje para una misma nacionalidad. También establecía un límite de 1.000 hectáreas por titular extranjero en la zona núcleo o su equivalente, y prohibía a extranjeros adquirir inmuebles que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes.
Los magistrados tienen dos opciones. Una es devolver el expediente a la justicia federal de La Plata o de Bariloche, donde se inició, aunque la urgencia con la que se maneja la causa hace pensar que no será esa la salida elegida.
La otra es que la propia Corte se pronuncie sin pasar por la primera instancia, algo que constitucionalistas consultados por La Nación calificaron de muy excepcional. En ese caso, podría tratarse de una medida interina, la figura prevista en la ley de cautelares contra el Estado, que rige solo hasta que el Estado presenta el informe que le pide el tribunal.
La Corte acortó de 72 a 24 horas el plazo para recusar a los conjueces «en atención a las particulares circunstancias de la causa», sin detallar cuáles, y habilitó días y horas inhábiles. Vencido ese plazo, Rosatti convocó al acuerdo de este viernes, donde queda pendiente saber si el tribunal resolverá el fondo, dictará una medida interina o enviará el caso a primera instancia.
Fuente: Río Negro
¿Qué decide la Corte Suprema este viernes?
Define cómo tratar un amparo colectivo que busca que vuelvan a regir las restricciones de la Ley 26.737 a la venta de tierras rurales a extranjeros, derogada por el DNU 70/2023.
¿Quiénes impulsan el amparo?
La asociación ambientalista Árbol de Pie, las comunidades mapuches Lafkenche y Fvta Anecon y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, según informó La Nación.
¿Qué límites fijaba la Ley de Tierras?
Un tope del 15% de titularidad extranjera de tierras rurales, un máximo del 30% de ese porcentaje para una misma nacionalidad y 1.000 hectáreas por titular extranjero en la zona núcleo. También vedaba la compra de inmuebles con cuerpos de agua de envergadura y permanentes.

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