Sin acuerdo judicial llegó el intento de Pichetto de paralizar la derogación de la Ley de Tierras. El juzgado rechazó dictar la medida de urgencia y le dio cinco días al Gobierno para responder.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 1 rechazó este lunes dictar de manera inmediata la cautelar que Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot presentaron para frenar la venta de tierras rurales a extranjeros sin restricciones. En lugar de resolver, el tribunal le corrió traslado al Gobierno para que exponga su postura antes de tomar una decisión.
La presentación apunta al artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras. La maniobra judicial se puso en marcha tras el fallo de la Corte Suprema del 29 de septiembre, que desestimó una demanda anterior del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata por falta de legitimación, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto. Con esa decisión, la derogación quedó plenamente vigente.
Desde que la derogación recuperó vigencia, no rigen los límites que la Ley de Tierras fijaba para la adquisición de inmuebles rurales por parte de ciudadanos extranjeros. Esos topes incluían porcentajes máximos por territorio nacional, provincial y departamental, restricciones según la nacionalidad del comprador y límites de superficie. Tampoco está vigente la prohibición de vender tierras que contengan cuerpos de agua permanentes o que sean ribereñas a ellos.
El juzgado justificó su negativa a actuar de inmediato señalando que 'no se acredita la concurrencia de circunstancias graves y objetivamente impostergables' que habiliten resolver sin escuchar primero al Estado.
El punto que más preocupa al diputado no es el texto de la resolución sino su impacto en los tiempos políticos. El tribunal le concedió al Gobierno cinco días hábiles para contestar, pero Pichetto pidió que ese plazo se acorte a dos. El motivo es concreto: si se mantienen los cinco días, el Ejecutivo terminaría de fijar su posición apenas 48 horas antes de la sesión que la oposición prepara en Diputados para rechazar el DNU 70/2023. Con dos días hábiles, en cambio, el expediente llegaría con definiciones claras a esa jornada.
Pichetto no ocultó su malestar tras conocer la decisión. Advirtió que 'mientras la Justicia demora, se pueden concretar esas ventas, con grave riesgo para el patrimonio nacional', y leyó el rechazo de la cautelar como una señal anticipada sobre el destino de toda la presentación. Aun así, aclaró que un fallo negativo sobre el fondo habilitaría recurrir ante instancias judiciales superiores.
El Gobierno deberá presentar sus argumentos en el plazo fijado, tras lo cual el juzgado evaluará si corresponde dictar la cautelar o avanzar hacia una resolución de fondo. Mientras tanto, la compraventa de tierras rurales a extranjeros puede seguir sin los límites que la ley derogada establecía. La sesión opositora en Diputados y la respuesta del juzgado convergen en el mismo período de tiempo, lo que convierte a los próximos días en un momento clave tanto para la vía judicial como para la parlamentaria.
Fuente: MDZ Online
¿Qué es la Ley de Tierras y por qué fue derogada?
La Ley de Tierras establecía límites a la compra de inmuebles rurales por parte de extranjeros, incluyendo topes por porcentaje de territorio y restricciones sobre tierras con agua. Fue derogada por el artículo 154 del DNU 70/2023 del presidente Milei.
¿Qué significa que el juzgado rechazó la cautelar?
Significa que el tribunal no frenó de forma preventiva la venta de tierras a extranjeros mientras dura el proceso judicial. Decidió primero escuchar la posición del Gobierno antes de tomar cualquier medida.
¿Qué pueden hacer Pichetto y Massot si el fallo definitivo también les es adverso?
Según indicó el propio Pichetto, una resolución negativa sobre el fondo del asunto les abriría la posibilidad de apelar ante instancias judiciales superiores.

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