Sin poder cuestionar el DNU de Milei, una jueza de La Plata igual actuó para proteger información clave. La medida cautelar surgió de una presentación de la Defensoría del Pueblo bonaerense.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata ordenó al Estado nacional conservar todos los registros catastrales, administrativos y registrales sobre tierras rurales de la provincia de Buenos Aires que se generaron durante la vigencia de la Ley 26.737 de Tierras Rurales. Esa ley fue derogada por el DNU 70/2023 del presidente Javier Milei, y ahora el foco judicial está puesto en que esa información no desaparezca durante el traspaso del expediente a la órbita federal.
La resolución la dictó la jueza Güendalina Sessarego, quien aclaró que no tiene competencia para pronunciarse sobre la validez constitucional del decreto. Sin embargo, entendió que había motivos suficientes para aplicar una tutela cautelar excepcional y evitar que los datos acumulados desde 2011, año en que se creó el Registro Nacional de Tierras Rurales, se pierdan, alteren o destruyan mientras la causa se redirige a la Justicia Federal.
El fallo le da cinco días al Ministerio de Justicia de la Nación, o al organismo competente, para informar hasta qué fecha fueron relevados y actualizados los datos del Registro Nacional de Tierras Rurales. Además, el Estado deberá garantizar que toda la información recopilada desde la creación del sistema hasta su última actualización disponible quede intacta. La orden también prohíbe expresamente cualquier acción que derive en la destrucción o modificación de esos antecedentes.
La causa fue iniciada por Guido Lorenzino, defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, quien impugnó el artículo 154 del DNU 70/2023. Según su planteo, la derogación de la Ley de Tierras no solo eliminó las restricciones que limitaban la compra de campos por parte de ciudadanos extranjeros, sino que también desmanteló el sistema estatal de monitoreo de la propiedad rural.

Lorenzino advirtió que el riesgo no está solo en cada compraventa individual, sino en la acumulación de operaciones que, sin un registro activo, podrían transformar la estructura territorial bonaerense sin que ningún organismo estatal lo registre. La presentación pone el foco específicamente en los partidos de Campana y Zárate, donde la proporción de tierras rurales en manos extranjeras supera el promedio provincial.
Aunque la jueza derivará el análisis constitucional a la Justicia Federal, la cautelar fuerza al Gobierno nacional a rendir cuentas sobre el estado de esa base de datos antes de que el expediente cambie de jurisdicción. El debate de fondo sobre la legalidad del decreto queda así pendiente para una instancia superior.
La decisión marca un primer límite judicial concreto en torno a las consecuencias del DNU 70/2023 en materia de tierras. Lo que sigue es determinar si la Justicia Federal avanza sobre la constitucionalidad del artículo cuestionado o si el expediente queda sin resolución de fondo.
Fuente: El Cronista
¿Qué era la Ley 26.737 de Tierras Rurales y por qué fue derogada?
La Ley 26.737, sancionada en 2011, regulaba la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros y creó el Registro Nacional de Tierras Rurales para monitorear la propiedad rural en Argentina. Fue derogada por el artículo 154 del DNU 70/2023 del presidente Javier Milei como parte de una amplia desregulación económica.
¿Por qué la jueza no analizó si el DNU de Milei es constitucional?
La jueza Sessarego se declaró incompetente para ese análisis por considerar que la discusión sobre la constitucionalidad de un decreto del Poder Ejecutivo nacional corresponde a la Justicia Federal, no a un juzgado provincial en lo contencioso administrativo.
¿Qué pasa si el Estado no cumple con la cautelar en el plazo de cinco días?
La resolución judicial es de cumplimiento obligatorio. Si el Ministerio de Justicia u organismo correspondiente no informa el estado del registro en ese plazo, podría incurrir en desacato a una orden judicial, con las consecuencias legales que eso implica.

Sin detalles sobre qué se compra ni a quién, el Decreto 1205/2026 exceptúa la operación de las normas de publicidad. Salió en el Boletín Oficial.

Pablo López, ministro de Economía bonaerense, describe una economía fragmentada y sin motores de recuperación. Admite que la Provincia tiene herramientas limitadas y adelanta que 2027 exige un cambio de rumbo.

Con Quirno y Ravier parte esta noche rumbo a España, a semanas de las elecciones anticipadas. No tiene previsto ver a Sánchez, al rey Felipe ni a Abascal.