Con la firma de Rosatti, Lorenzetti y dos conjueces, el tribunal dictó una cautelar interina por un planteo ambiental. Rige hasta que un juez resuelva sobre los actores y la medida solicitada.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó este viernes una medida cautelar interina que suspende los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, el que derogaba la Ley 26.737 de Tierras Rurales. La resolución lleva la firma de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.
La suspensión se mantendrá hasta que el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y analice el pedido de medida cautelar presentado en la demanda. La ley, sancionada por el Congreso en 2011, había quedado sin efecto por el decreto. La decisión llega pocos días después de que el mismo tribunal rechazara otro planteo contra el DNU 70/2023.
La Corte consideró que el reclamo de la asociación civil Árbol de Pie trata sobre 'asuntos concernientes a la tutela del daño ambiental'. Por eso entendió necesario dictar 'una medida interina, a fin de asegurar la tutela judicial efectiva, y evitar la producción de daños irreparables'.
El tribunal también cuestionó el trámite que tuvo la causa en las instancias anteriores. Sostuvo que 'el particular trámite impreso a esta causa por parte de los tribunales intervinientes ha dejado sin respuesta las peticiones formuladas en la demanda'. Además, remarcó 'la naturaleza de los derechos invocados', entre ellos el de obtener una respuesta judicial en tiempo oportuno y el de proteger el medio ambiente.
El fallo afirma que el primer deber de los jueces es 'ser celosos custodios de la Constitución Nacional y de las leyes'. Agrega que la confianza en el Poder Judicial exige aplicar las normas de manera razonable 'a las circunstancias particulares de cada caso'.
Sobre esa base, la Corte aclaró que lo resuelto en el expediente de Árbol de Pie responde 'específicamente a los planteos de los actores', vinculados con la protección del ambiente. Según el tribunal, eso difiere sustancialmente del planteo de CECIM, la agrupación de ex combatientes de Malvinas que también había objetado la derogación de la Ley de Tierras. Queda pendiente que el juez competente defina la legitimación de los actores y resuelva la cautelar solicitada.
Fuente: Perfil
¿Qué suspendió la Corte Suprema?
Los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogaba la Ley 26.737 de Tierras Rurales.
¿Hasta cuándo rige la suspensión?
Hasta que el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de todos los actores y examine el pedido de medida cautelar.
¿Por qué intervino la Corte en el planteo de Árbol de Pie?
Porque el reclamo refiere a la tutela del daño ambiental y, según el tribunal, hacía falta una medida interina para evitar daños irreparables y asegurar la tutela judicial efectiva.

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