Meta deberá entregar datos de las cuentas que difundieron acusaciones contra un estudiante de La Plata. Tres ministros del máximo tribunal coincidieron en que el anonimato digital potencia el daño a derechos personalísimos.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación le ordenó a Meta —empresa propietaria de Facebook e Instagram— que entregue información para identificar a los administradores de cuentas anónimas que publicaron un escrache virtual contra un estudiante universitario. El tribunal revocó un fallo previo de la Sala III de la Cámara Federal de La Plata y le dio la razón al joven, identificado en el expediente como F.C., alumno de la Universidad Nacional de La Plata.
El caso arrancó cuando aparecieron publicaciones desde una cuenta identificada como 'Comisión de Género de la FaHCE' que mostraban la foto del estudiante junto a las acusaciones de 'abusador, manipulador psicológico y machista'. Además de la difusión en redes, también se pegaron afiches en la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Según el expediente, esas acciones le generaron al joven exclusión social, maltrato y consecuencias directas en su actividad como docente.
En votos individuales, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti coincidieron en un punto central: el anonimato que permiten las plataformas digitales, combinado con su alcance masivo, amplifica el daño sobre los derechos al honor y la intimidad de las personas. Ninguno de los tres consideró que esa modalidad esté amparada por la libertad de expresión.
Rosatti, presidente del tribunal, fue el más explícito al calificar la situación del estudiante como una 'grave situación de indefensión'. Argumentó que sin datos verificables sobre quién lo acusa, el afectado no puede ejercer su derecho de defensa. 'La ausencia de datos mínimos verificables que permitan al individuo ejercer su derecho de defensa vulnera el debido proceso en sentido amplio', señaló en su voto.
El mismo magistrado advirtió que las redes sociales funcionan como un escenario que multiplica de forma exponencial el daño potencial, y que esa característica no puede operar como escudo para quienes difunden acusaciones sin identificarse.
Con este fallo, Meta queda obligada a proporcionar la información necesaria para que se pueda determinar quiénes estaban detrás de las cuentas que publicaron el contenido. La resolución sienta un precedente sobre los límites del anonimato en plataformas digitales cuando está en juego el honor de una persona y su posibilidad concreta de defenderse.
El caso expone una tensión que los tribunales argentinos enfrentan cada vez con más frecuencia: cómo equilibrar la libertad de expresión en entornos digitales con la protección de derechos personalísimos frente a acusaciones que circulan sin respaldo ni autoría visible. La Corte, en este caso, inclinó la balanza hacia la identificación de los responsables.
Fuente: La Voz
¿Qué le ordenó la Corte Suprema a Meta?
Le ordenó entregar información para identificar a los administradores de las cuentas anónimas que publicaron el escrache contra el estudiante universitario.
¿Quién era el afectado y qué le hicieron?
Es un estudiante de la Universidad Nacional de La Plata, identificado como F.C., contra quien se publicaron acusaciones en redes sociales usando su foto, y se pegaron afiches en su facultad.
¿Qué fallo anterior revocó la Corte?
Revocó una sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de La Plata que no había hecho lugar al reclamo del estudiante.

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