Sin partidas asignadas, el Gobierno nunca ejecutó la ley que el Congreso aprobó y cuyo veto rechazó. Cormick ordenó cumplimiento inmediato e intimó a garantizar fondos para salarios, funcionamiento y becas.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional el tramo del Decreto N° 759/2025 con el que el Ejecutivo de Javier Milei suspendió la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. El fallo, del juez Martín Cormick, ordenó la implementación inmediata de la norma y exigió que el Estado garantice los fondos destinados a salarios docentes, gastos de funcionamiento y becas estudiantiles.
La ley había sido aprobada por el Congreso y sobrevivió al intento de veto presidencial del año pasado. El Gobierno la promulgó formalmente pero nunca la puso en práctica, alegando que el Congreso dispuso actualizaciones salariales y presupuestarias sin precisar de dónde saldrían los recursos, lo que a su criterio violaba la Ley de Administración Financiera.
Cormick rechazó ese razonamiento y calificó la maniobra del Ejecutivo como un 'mecanismo extraconstitucional', equivalente a un veto que la Constitución no prevé. El juez también señaló que el artículo 9° de la propia ley universitaria le daba al Poder Ejecutivo las herramientas necesarias para reasignar créditos y cumplir con la norma sin necesidad de paralizarla.
El fallo de fondo viene a consolidar una cautelar que ya había sido ratificada por la Corte Suprema. Es decir, la posición judicial en torno a esta ley viene acumulando respaldo en distintas instancias, lo que deja al Gobierno con poco margen para seguir postergando su aplicación.
Según estimaciones del propio sistema universitario, ejecutar la norma tal como fue aprobada implicaría una recomposición salarial de aproximadamente el 33% para el sector docente. Ese número grafica el nivel del conflicto: no se trata de ajustes técnicos menores, sino de una transferencia de recursos significativa que el Ejecutivo viene resistiendo desde que la ley entró en vigencia.
El caso guarda similitudes con la ley de Emergencia en Discapacidad, que el Gobierno también promulgó sin ejecutar, usando el mismo argumento sobre la Ley de Administración Financiera. La estrategia de 'promulgar y no aplicar' fue cuestionada judicialmente en ambos frentes.
Ahora el Ejecutivo deberá decidir si acata el fallo, lo apela o busca otra vía para diferir el impacto presupuestario. Cualquiera de esas opciones prolonga una disputa que ya acumula instancias judiciales en contra del Gobierno y mantiene en vilo a universidades, docentes y estudiantes que esperan la recomposición.
Fuente: La Nación
¿Qué es el Decreto N° 759/2025 y por qué fue cuestionado?
Es un decreto del Poder Ejecutivo que suspendió la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario, argumentando que la norma no precisaba las partidas presupuestarias de donde surgirían los recursos. El juez Cormick lo declaró inconstitucional por considerarlo un veto encubierto no previsto en la Constitución.
¿Qué fondos ordena garantizar el fallo?
El fallo intima al Gobierno a cubrir los recursos destinados a salarios docentes, gastos de funcionamiento de las universidades y becas estudiantiles. Las estimaciones del sistema universitario calculan que eso implicaría una recomposición salarial de alrededor del 33%.
¿El Gobierno puede apelar este fallo?
Sí. Al tratarse de una sentencia de primera instancia, el Ejecutivo puede recurrir a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Sin embargo, ya existe una cautelar en el mismo sentido que fue ratificada por la Corte Suprema.

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