Cinco años de prisión recibieron De Vido y López según la sentencia de julio. El TOF N°4 publicó ahora los fundamentos y habló de sobornos canalizados con facturas falsas.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de Buenos Aires hizo públicos los fundamentos de la sentencia que en julio de 2025 condenó al exministro Julio De Vido y al exsecretario de Obras Públicas José Francisco López a cinco años de prisión cada uno, en el marco de la causa conocida como Skanska. El fallo también alcanzó al exgerente general de Nación Fideicomisos S.A., Néstor Ulloa, con la misma pena, y a otros nueve directivos, gerentes e intermediarios vinculados a la constructora, con condenas de entre tres y cuatro años.
Los jueces Néstor Guillermo Costabel y Jorge Luciano Gorini, que votaron en mayoría, describieron lo ocurrido como 'un acuerdo criminal entre altos funcionarios del Estado nacional' y personal jerárquico de Skanska S.A. El objetivo, según el tribunal, fue garantizarle a esa empresa la adjudicación de obras de ampliación de gasoductos operados por Transportadora de Gas del Norte (TGN) y Transportadora de Gas del Sur (TGS). A cambio, la firma pagó sobornos canalizados a través de un circuito de facturación apócrifa.
El texto de los fundamentos fue dado a conocer el 22 de septiembre de 2025. La mayoría del tribunal adoptó la reconstrucción probatoria que sostuvo el Ministerio Público Fiscal durante el juicio y coincidió con la acusación tanto en las calificaciones jurídicas como en los grados de participación imputados. Para De Vido, López y Ulloa, además, aplicó exactamente las penas pedidas por la fiscalía: cinco años de prisión e inhabilitación especial perpetua.

La acusación estuvo a cargo del titular de la Fiscalía General N°2 ante los Tribunales Orales Federales, Abel Córdoba, junto a los fiscales auxiliares Lucio Sebastián López y Juan Manuel Gaset Maisonave, y los integrantes del equipo de fiscalía Desiree Salomón y Maximiliano Álvarez. El alegato acusatorio se desarrolló en tres audiencias: el 25 de agosto, el 8 de septiembre y el 22 de septiembre de 2025.
La jueza María Gabriela López Iñiguez votó en disidencia parcial. No discutió la reconstrucción de los hechos ni la responsabilidad penal de los condenados, pero sí se apartó del resto del tribunal en la calificación jurídica aplicada, en algunos grados de participación, en el monto de las penas y en el alcance del decomiso de bienes.

El fallo, además de las condenas individuales, ordenó el decomiso de los bienes que habían sido cautelados durante la investigación. Con la publicación de los fundamentos, el caso Skanska cierra una etapa clave: la que va del veredicto oral a la fundamentación escrita que habilita eventuales recursos de las partes.
La causa representa uno de los procesos por corrupción en obra pública más extensos de la justicia federal argentina, con hechos que se remontan a la gestión kirchnerista y una instrucción que llevó más de una década hasta llegar al juicio oral.
Fuente: 617 News
¿Quiénes fueron condenados en la causa Skanska y a qué penas?
Julio De Vido, José Francisco López y Néstor Ulloa recibieron cinco años de prisión e inhabilitación especial perpetua. Otros nueve imputados vinculados a Skanska fueron condenados a penas de entre tres y cuatro años.
¿De qué se trató el esquema de corrupción según el tribunal?
El tribunal describió un acuerdo entre funcionarios del Estado y directivos de Skanska para direccionar la adjudicación de obras de ampliación de gasoductos. La empresa pagó sobornos mediante un circuito de facturación apócrifa.
¿Qué implica la disidencia parcial de la jueza López Iñiguez?
La jueza coincidió con la mayoría en los hechos y en la responsabilidad penal de los condenados, pero se apartó en la calificación jurídica, en algunos grados de participación, en el monto de las penas y en el alcance del decomiso.

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