Cientos de reclamos judiciales de jubilados y pensionados en todo el país se apoyan en una sola sentencia. María Isabel García la inició en 2019 y la Corte Suprema le dio la razón.

En marzo de 2019, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el caso de María Isabel García, una jubilada de Entre Ríos que había demandado al Estado por las retenciones del impuesto a las Ganancias sobre su haber previsional. El máximo tribunal declaró inconstitucional esa aplicación del tributo en su situación particular y ordenó restituirle las sumas descontadas. Desde entonces, esa sentencia se convirtió en el antecedente más citado en reclamos similares ante la Justicia Federal.
García tenía 79 años cuando inició su demanda y tenía problemas de salud documentados en el expediente. Según Mariela Dobias, del estudio jurídico Dobias & Pisani, el Estado le retenía entre el 29 y el 32 por ciento de su jubilación en concepto de Ganancias, una proporción que la Corte consideró desproporcionada e inconstitucional en ese contexto específico.
El tribunal sostuvo que una jubilación no constituye una 'ganancia' en el sentido que establece la ley impositiva, sino la contraprestación de décadas de aportes realizados durante la vida laboral. Sobre esa base, determinó que aplicar el impuesto a los haberes previsionales en las condiciones del caso García vulneraba garantías constitucionales y dispuso la devolución de lo cobrado en exceso.
La decisión, sin embargo, no modificó el régimen general del impuesto a las Ganancias ni generó efectos automáticos para el universo de jubilados y pensionados del país. La sentencia resolvió una situación concreta y no funciona como precedente de aplicación directa.

Quienes consideren que están en una situación comparable a la de García deben iniciar su propio reclamo judicial. No alcanza con invocar el fallo: cada caso requiere que un juez evalúe las circunstancias particulares del demandante y determine si corresponde aplicar el mismo criterio. Dobias explicó que 'ese fallo se convirtió en la base sobre la que se apoyaron después cientos de reclamos individuales en todo el país'.
El volumen de causas que referencian a García creció de manera sostenida en los años siguientes a la sentencia. Juzgados federales de distintas provincias recibieron presentaciones de jubilados y pensionados que argumentan situaciones similares: haberes sobre los cuales se aplica una retención significativa, en muchos casos combinada con condiciones de salud o edad avanzada.
El fallo García no cierra el debate sobre Ganancias y jubilaciones, sino que lo judicializó caso por caso. Mientras el Congreso no modifique el régimen impositivo de manera estructural, la vía judicial seguirá siendo el único camino disponible para quienes buscan recuperar lo retenido.
Fuente: El Cronista
¿Qué resolvió la Corte Suprema en el fallo García?
Declaró inconstitucional la aplicación del impuesto a las Ganancias sobre la jubilación de María Isabel García y ordenó devolverle las sumas retenidas, al considerar que su haber previsional no constituye una ganancia en los términos de la ley.
¿El fallo García beneficia automáticamente a todos los jubilados?
No. Al ser una sentencia dictada en un caso concreto, cada jubilado o pensionado que considere estar en una situación similar debe iniciar su propio reclamo judicial para que la Justicia evalúe sus circunstancias.
¿Qué porcentaje le retenían a María Isabel García de su jubilación?
Según la abogada Mariela Dobias, al momento del reclamo le descontaban entre el 29 y el 32 por ciento de su haber previsional en concepto de impuesto a las Ganancias.

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