Hasta el 13 de octubre de 2026 llega el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La extensión no aplica a Bienes Personales, cuyo vencimiento ya operó el 27 de julio.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero volvió a mover la fecha límite para que personas humanas y sucesiones indivisas presenten la declaración jurada del impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025. La nueva fecha es el 13 de octubre de 2026, fijada mediante la Resolución General 5898/2026, y alcanza tanto al régimen general como al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Sin embargo, la prórroga tiene un límite claro: no incluye a Bienes Personales. Para ese impuesto, la declaración jurada determinativa y el pago del saldo correspondiente al período fiscal 2025 vencieron el 27 de julio de 2026, y ARCA mantiene esa fecha sin modificaciones en su calendario oficial. Quien todavía no haya presentado esa declaración, está en mora.
La distinción es clave porque ambos tributos suelen liquidarse en paralelo durante la temporada de vencimientos anuales, lo que puede generar confusión. ARCA separa con claridad las obligaciones: presentar la declaración jurada y cancelar el saldo son dos actos distintos, y cada impuesto tiene su propio calendario. En el caso de Ganancias 2025, el pago del saldo ya venció antes de esta prórroga; lo que se extendió es únicamente la presentación de la declaración.
Para quienes aún no presentaron Ganancias 2025, la extensión implica que todavía tienen margen hasta octubre. Pero esa ventana no existe para Bienes Personales: si la declaración determinativa de ese impuesto todavía está pendiente, el vencimiento ya pasó.
La prórroga también arrastra consecuencias sobre los anticipos del período fiscal 2026. El primer anticipo de Ganancias vence el 24 de septiembre de 2026, fecha que ARCA adelantó respecto del cronograma original de agosto. El problema aparece cuando ese anticipo todavía no figura determinado en el Sistema de Cuentas Tributarias porque el contribuyente no presentó aún la declaración jurada 2025.
En esos casos, la Resolución General 5898/2026 establece que el contribuyente debe calcular e ingresar el anticipo sobre la base de sus propios papeles de trabajo, sin esperar a que el sistema lo genere automáticamente. La responsabilidad de calcular queda del lado del contribuyente.
Más allá de los plazos, Bienes Personales presenta una discusión técnica sobre cómo determinar el impuesto cuando hay movimientos patrimoniales durante el año. La reglamentación prevé mecanismos que consideran el tiempo durante el cual ciertos bienes estuvieron alcanzados por el tributo, especialmente cuando hay indicios de maniobras para reducir la carga fiscal antes del cierre del ejercicio.
El caso típico es el de un contribuyente que tiene activos gravados durante parte del año y los reemplaza antes del 31 de diciembre por bienes con tratamiento exento. Frente a ese escenario, la reglamentación contempla mecanismos vinculados al tiempo de permanencia de los bienes, mientras que el criterio analizado por la Procuración General de la Nación pone el foco en la composición del patrimonio al 31 de diciembre, fecha de referencia oficial para la determinación del tributo. Esa tensión todavía no tiene resolución definitiva.
En síntesis, quienes deben presentar Ganancias 2025 tienen hasta el 13 de octubre de 2026. Quienes no cumplieron con Bienes Personales antes del 27 de julio ya acumulan incumplimiento. Y quienes no presentaron aún ninguna de las dos deben calcular sus anticipos de Ganancias 2026 en forma manual para llegar al 24 de septiembre.
Fuente: El Destape
¿Hasta cuándo se puede presentar la declaración jurada de Ganancias 2025?
La nueva fecha límite es el 13 de octubre de 2026, inclusive, según la Resolución General 5898/2026 de ARCA.
¿La prórroga de Ganancias también aplica a Bienes Personales?
No. La prórroga es exclusiva para Ganancias 2025. Bienes Personales venció el 27 de julio de 2026 y esa fecha no fue modificada.
¿Qué pasa si todavía no presenté Ganancias 2025 y tengo que pagar anticipos 2026?
Según la Resolución General 5898/2026, el contribuyente debe calcular e ingresar los anticipos usando sus propios papeles de trabajo, sin esperar a que el Sistema de Cuentas Tributarias los determine automáticamente.

Tenaris, Welspun y fabricantes de Asia compiten por la mayor compra de caños de la historia energética argentina. Los tubos son para 527 kilómetros hasta la costa de Río Negro.

Con la compra a $1.485, el Banco Nación marca el precio de referencia para Mendoza. El sistema de bandas cambiarias se ajusta cada mes según el último dato de inflación del INDEC.

Hasta diciembre habrá subas mensuales para todos los grados, según el Boletín Oficial. Además del haber, se fijaron importes por prevención barrial y recargo de servicio.