Sin la obligación de retener contribuciones sobre las facturas de las agencias, las empresas usuarias se desligan de una tarea administrativa. La Resolución General 5913/2026 rige desde el 20 de octubre.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) derogó la obligación que tenían las empresas de retener contribuciones patronales sobre lo que facturan las agencias de empleo eventual. Lo hizo mediante la Resolución General 5913/2026, publicada en el Boletín Oficial el 20 de octubre de 2026, fecha en la que la medida entró en vigencia. Desde ahora, la responsabilidad previsional recae únicamente en las agencias intermediarias.
Hasta la publicación de la norma, las compañías que contrataban personal temporario a través de esas agencias debían actuar como agentes de retención. La retención se aplicaba sobre los importes facturados en concepto de sueldos y jornales. Con la derogación de ese régimen cambia la forma en que se cumplen las obligaciones de seguridad social en este tipo de contrataciones.
La resolución adapta las normas tributarias a la Ley de Modernización Laboral 27.802 y se apoya en el Decreto 407/2026, que reglamentó la reforma en la Ley de Contrato de Trabajo. Según esa reglamentación, las empresas de servicios eventuales deben pagar directamente las contribuciones patronales, las cuotas sindicales y las retenciones legales correspondientes al personal que suministran.
La resolución lleva la firma del director ejecutivo de la ex AFIP, Andrés Edgardo Vázquez. Según el texto, se deja sin efecto el régimen porque "el régimen anterior había quedado sin aplicación práctica". En consecuencia, las empresas usuarias ya no deben retener contribuciones sobre las facturas de las agencias.
El esquema eliminado tenía origen en el Decreto 342 de 1992 y había sido modificado por el Decreto 1694 de 2006, que mantenía la obligación de retener a cargo de las usuarias. La nueva norma deroga ambas regulaciones para reflejar las reformas laborales vigentes.
El cambio no implica una baja de las cargas laborales ni una exención de aportes. Se trata de una simplificación administrativa: las agencias responden de forma directa por el cumplimiento previsional de los trabajadores que suministran, y las empresas que los contratan quedan liberadas de esa función.
En términos económicos, la medida no se traducirá en un ahorro automático para las firmas, aunque podría agilizar trámites y reducir la carga administrativa. La resolución no incluye estimaciones oficiales sobre el efecto en los costos de contratación ni en los salarios de los trabajadores temporarios, un dato que queda pendiente de seguimiento a medida que se aplique la reforma.
Fuente: El Destape
¿Qué estableció la Resolución General 5913/2026 de ARCA?
Eliminó la obligación de las empresas usuarias de retener contribuciones patronales sobre las facturas de las agencias de empleo eventual. Ahora las agencias son las responsables directas de esos pagos.
¿Desde cuándo rige el cambio?
Rige desde el 20 de octubre de 2026, fecha de publicación de la resolución en el Boletín Oficial.
¿Implica una reducción de las cargas laborales para las empresas?
No. La medida simplifica el proceso administrativo, pero no reduce aportes ni contribuciones ni establece exenciones. La resolución tampoco incluye estimaciones sobre su impacto en costos.

Cierra en $1.495 la punta compradora en la entidad estatal. Las bandas cambiarias se ajustan cada mes según el último IPC del INDEC, y el Gobierno busca mantener la divisa cerca del piso permitido.

Cayó 4,3% el índice de confianza empresarial del sector, según el INDEC. La falta de compradores es el principal freno para dos de cada tres empresas consultadas.

Superó a la metalúrgica, los alimentos y la química en un relevamiento del INDEC sobre doce bloques productivos. Mendoza aporta la refinería de Luján de Cuyo, modernizada con 600 millones de dólares.