Hasta el 30 de octubre de 2026 tienen plazo los contribuyentes para presentar la declaración jurada. La prórroga no cambia la fecha de pago del saldo, que sigue fijada en julio.

ARCA extendió por resolución oficial el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La nueva fecha límite es el 30 de octubre de 2026, lo que implica 17 días adicionales respecto al vencimiento anterior, que era el 13 de octubre. La medida fue publicada en el Boletín Oficial del jueves 8 de octubre a través de la Resolución General 5911/2026.
La disposición alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas incluidas en la Resolución General 5692, tanto las que tributan bajo el régimen general como las que usan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada. El organismo de recaudación aclaró que la decisión surgió del diálogo con representantes de entidades que agrupan a profesionales de ciencias económicas.
La prórroga tiene un alcance preciso: solo corre el plazo para presentar la declaración jurada, no para pagar. El saldo del impuesto sigue con vencimiento en el 27 de julio de 2026, fecha que ya había sido establecida y que la nueva resolución no modifica. Quienes tengan un saldo a favor o ya hayan ingresado el pago no están afectados por esa distinción.

Esta es la segunda vez que ARCA corre el vencimiento para la presentación de Ganancias 2025. Las resoluciones anteriores ya habían ajustado el calendario de obligaciones tributarias, y la nueva modifica la última fecha vigente. El organismo justificó la medida como una forma de facilitar el cumplimiento en el ejercicio fiscal 2025.
Para quienes todavía no presentaron su declaración, el cambio evita multas por incumplimiento hasta fin de octubre. Sin embargo, quienes tengan saldo a pagar no deben confundir los plazos: la deuda tributaria generó intereses desde el 27 de julio, independientemente de cuándo se presente el formulario.
En la práctica, la ampliación del plazo da margen a los estudios contables y a contribuyentes que operan con mayor complejidad patrimonial para completar la documentación sin apuro. La resolución no prevé nuevas extensiones y establece el 30 de octubre como fecha definitiva.
Con esta medida, ARCA busca reducir presentaciones tardías y evitar la acumulación de incumplimientos formales al cierre del ciclo fiscal 2025. El plazo extra no exime de intereses ni sanciones por el saldo impago desde julio.
Fuente: Perfil
¿Hasta cuándo se puede presentar la declaración jurada de Ganancias 2025?
Hasta el 30 de octubre de 2026, según la Resolución General 5911/2026 publicada el 8 de octubre.
¿La prórroga también extiende el plazo para pagar el saldo del impuesto?
No. El vencimiento para pagar el saldo de Ganancias 2025 sigue siendo el 27 de julio de 2026 y no fue modificado.
¿A quiénes alcanza la nueva resolución de ARCA?
A personas humanas y sucesiones indivisas incluidas en la Resolución General 5692, tanto del régimen general como del Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
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